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En caso de accidente...

Publicado: 16 Mar 2009, 20:13
por her2nan
En Argentina se estima que sólo un 5% de las pólizas contratadas cubre daños del propio vehículo (en su mayoría con algún tipo de franquicia), por lo cual en el restante 95% de los casos, cuando uno es damnificado es la aseguradora del otro vehículo quien deberá retribuir por el siniestro en su debido caso, por medio de la póliza de responsabilidad civil contratada, si es que la tiene.

Ahora bien, ¿a dónde me dirijo?, ¿quién, cuándo y cuánto me pagarán?, son preguntas que uno se hace frecuentemente en este tipo de situaciones. El resultado de ellas, en principio, estará en función de un aspecto crucial que se suscita en el momento del post-accidente, y es precisamente la toma de datos del otro vehículo. Si no conozco con quién ni con qué vehículo choqué es difícil pensar en una recompensación.
Es importante obtener testigos imparciales. Tome nota del nombre, apellido, DNI, domicilio y teléfono; estos pueden llegar a ayudar en caso de no coincidencia de relatos.

El paso siguiente será hacer la denuncia policial; se recomienda que la misma se realice dentro de las 48 horas hábiles de ocurrido el siniestro.
No será oligación de ninguna de las partes asistir juntos a la comisaría para denunciar el hecho. Deberán dirigirse a la jurisdicción correspondiente al lugar del siniestro, salvo en Capital Federal que podrá realizarse en cualquiera de las 52 comisarías.
Luego de la denuncia policial, deberá denunciar el hecho en la propia compañía de seguros. Se recomienda que dicha denuncia sea en el término de las 72 horas hábiles de ocurrido el siniestro; además en dicha oportunidad podrá obtener información sobre los pasos a seguir. A partir de aquí, si uno supone que no es responsable del siniestro, y considera que está en derecho de ser resarcido, podrá efectuar lo que se denomina Reclamo de Tercero en la compañía donde está asegurado el otro vehículo. Se recomienda hacerlo lo antes posible para dar la mayor cantidad de información a la aseguradora y de esta manera contribuir a la solución más adecuada del siniestro.

Datos ideales para obtener:

Conductor:
*Nombre
*DNI
*Fecha de vencimiento de la licencia de conducir
*Domicilio
*Teléfono

Asegurado:
*Compañía aseguradora
*Número de póliza
*Fecha de vigencia de la póliza
*Nombre
*DNI
*Domicilio
*Teléfono

Vehículo:
*Nº de patente
*Nº de chasis
*Nº de motor
*Marca
*Modelo
*Año

Pasos del reclamo: Debemos llamar a la compañía donde está asegurado el otro vehículo para obtener el listado de requerimientos para efectuar el reclamo. Es importante saber que no todas las aseguradoras solicitan la misma información. A continuación se dará una lista aproximada de los elementos que uno debería tener preparados:

*Denuncia policial original del hecho.
*Cédula Verde o fotocopia del Título del Automotor en caso de que el vehículo no esté a nombre del reclamante. Además deberá acompañar con el formulario 08, con los datos completos del comprador y del vendedor, con firmas certificadas ante escribano público o Registro del Automotor.
*Fotocopia del registro de conductor.
*Certificado de cobertura emitido por su aseguradora, actualizado a la fecha del siniestro y especialmente expedido para tal trámite. Si posee cobertura para daños parciales (todo riesgo), deberá presentar Carta de Franquicia.
*Si no posee cobertura de seguro, necesitará una declaración jurada manifestando dicha situación.
*Fotocopia de la denuncia administrativa presentada en su Compañía de Seguros, con sello de recepción de la misma.
*Fotografías del vehículo que permitan visualizar las partes dañadas y una donde se aprecie la patente del automovil.
*Algunas compañías solicitan dos presupuestos de reparación por original, aunque esta práctica tiende a dejarse por carecer de sentido, dado que finalmente lo que cuenta es lo evaluado por un perito de la compañía.
*Taller o lugar donde se podrá ver el vehículo, en su defecto algunas compañías aseguradoras podrán darle cita a un centro de inspecciones.


Es conveniente no reparar el vehículo hasta que la compañía donde se reclama lo vea. No obstante, en caso de tener que repararlo deberá previamente tomarle algunas fotos de las zonas afectadas y donde se visualice la patente del automóvil, para efectuar el reclamo.


Cuando el vehículo no está asegurado:

Si bien Argentina es uno de los países con mayor índice de aseguramiento del parque automotor, se calcula que sólo el 55% de los vehículos circulantes posee seguro. Es importante saber que hay una alta probabilidad de tener un siniestro con uno de estos automóviles, por ello siempre se debe conducir con precaución y defensivamente sin dar por hecho que en todos los casos el tercero se hará responsable por los daños ocacionados. En dicho caso el que debería responder (sólo si es culpable) es el mismo dueño del vehículo.



Fuente: Revista Crash test Nº64

Si hay heridos llamar inmediatamente a una ambulancia, si no se tiene con que
señalar a 1 persona para qe lo haga y no decirlo fuerte para ver quien se hace cargo.
si es necesario, es bueno saber lo basico de primeros auxilios: http://www.varelaenred.com.ar/primeros%20auxilios.htm

Re: En caso de accidente...

Publicado: 16 Mar 2009, 23:02
por damyan
Buena data para compartir con "El Club".
www.renault21club.com.ar

Re: En caso de accidente...

Publicado: 17 Mar 2009, 02:21
por Hammer
hola gente
por lo que escuche no se va mas ala  comisaría se ac en el seguro la denuncia del choque

Re: En caso de accidente...

Publicado: 17 Mar 2009, 06:42
por cris
A la comisaria vas solo en caso de lesiones, y ahora aprovechemos tambien a sacar fotos con los celulares de la escena del accidente, todo suma....